El derecho a votar para los residentes en el extranjero se ejerce al estar inscritos en el C.E.R.A. (Censo Electoral de Residentes Ausentes), así que es indispensable que usted se cerciore que lo está, preguntando en el Consulado de España más cercano a su lugar de residencia.
Normalmente uno queda inscrito al inscribirse como Residente en el Consulado, pero es imprescindible que avisen de cualquier cambio de domicilio.
Las papeletas para votar llegan a su domicilio con las instrucciones para hacerlo con sobres con porte pagado. Si no le llegan es que sus datos están equivocados o no está registrado.
A los que les llegan tarde.- España esta siempre trabajando para que estas lleguen a tiempo, pero se depende de los Servicios Postales Extranjeros, y en eso se pierde el control.